Medidas urgentes para la prevención del COVID-19 en las prisiones
Buenas! Nos llega este comunicado de la COORDINADORA ANTICARCERÀRIA CATALUNYA para su difusión:
MEDIDAS URGENTES PARA LA PRENVENCIÓN DEL COVID-19 EN LAS PRISIONES
Estos puntos, que presentamos aquí, creemos que de alguna manera reflejan la urgencia de vaciar inmediatamente las prisiones por tal de minimizar los riesgos de contagio del COVID-19 en estos centros, tanto para las personas presas como para las personas de su entorno.
No entendemos una vida digna dentro de los centros de privación de libertad (prisiones, CIE, centros de menores) pero todavía lo entendemos menos con las medidas impuestas por el confinamiento. Dado la excepcional coyuntura actual, hay que analizar la situación de las personas encarceladas y garantizar su derecho fundamental de acceso a la salud, un derecho que ya de por sí, antes de la crisis del COVID-19, no se prestaba con las condiciones mínimas; por esto creemos firmemente que la única posibilidad de garantizar este derecho es fuera de éstos espacios.
Esto lo decimos cuando observamos la superpoblación en algunos de estos centros, con unas características físicas que bien seguro imposibilitan el mantenimiento de la distancia mínima recomendada, muchos presos y presas viven compartiendo celda, la cantidad enorme de espacios comunitarios propician la transmisión o como la prohibición del vis a vis, de locutorios y de paquetería; teniendo en cuenta que algunos de estos derechos restringidos son tan necesarios como vitales para las persones encerradas. Por otro lado, nos sigue sorprendiendo la restricción de los locutorios, ya que no implica el contacto directo con persones externas como sí lo es la entrada de los carceleros y carceleras, siendo el principal vector de transporte del virus dentro de los centros.
Argumentándonos en diversas fuentes exigimos:
- Excarcelación inmediata de las persones con más de 65 años y con graves enfermedades por constituir grupo con doble riesgo.
- Excarcelación inmediata con la aplicación de los artículos 104.4 y 196 RP de todas las personas con enfermedades crónicas y/o incurables. Ya que, además de formar parte de un colectivo vulnerable, deben ser tratados y cuidadxs dignamente, situación particularmente dificil con el estado actual de las prisiones.
- Excarcelación inmediata de las personas con trastornos psicológicos y patologías duales, e ingreso si fuera necesario en centros especializados, traspasando sus tratamientos a profesionales del ámbito de la salud psicológica y mental. Las condiciones de encarcelamiento, sumadas con las actuales faltas de comunicaciones, vis a vis, locutorios y el aumento de las medidas de aislamiento, afectan muy negativamente sobre el estado de salud, aumentando el riesgo de sufrir graves crisis y siendo un riesgo para sus propias vidas.
- Excarcelación de población preventiva, de madres embarazadas y/o con hijos menores de 3 años. Aunque el arresto domiciliario o la libertad provisional tendrá que ser decidido por el juez del cual dependan, exigimos a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y a todos los jueces a quienes competan (Juzgados Penales y Juzgados de Vigilancia Penitenciaria) revisar las situaciones en las cuales estas posibilidades han de articualarse en la situación excepcional en la cual nos encontramos y que así lo comuniquen.
- Progresiones a tercer grado por motivos humanitarios y de dignidad personal. Después de la reforma del 2015, el Código Penal (C.P) atribuye la adopción de esta medida al tribunal o juez de vigilancia penitenciaria. Al mismo tiempo, también tiene la competencia para la concesión de la libetad condional humanitaria del artículo 91 C.P, por lo cual exigimos a la Administración penitenciaria que evalúe casos e inste al órgano judicial a su adopción
- Excarcelación de las personas clasificadas en segundo grado con condenas de poca duración, y cumplimiento del régimen abierto fuera de los establecimientos con las posibilidades que la normativa penitenciaria prevé. Referente a esto, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (SGIP) tiene en su mano la progresión al tercer grado a través de los artículos 86.4 y 100.2 del Reglamento Penitenciario.
- Cierre inmediato y liberación de las personas que se encuentran dentro de las CIE’s y excarcelación inmediata de las personas que se encuentra en los Centros de Inserción Social.
Ante la nueva situación provocada por el COVID-19, es necesario añadir el déficit estructural de la atención sanitaria dentro de las prisiones que se arrastra desde hace años: el 41,6% de las plazas de médicos/as dentro de las prisiones no están cubiertas, así como la práctica nulidad de especialistas en atención psicológica. Hay que mencionar que la mayoría de la población carcelaria se encuentra gravemente afectada por enfermedades que por un lado son fruto de la pobreza y la exclusión social y por otro lado, son causa del mismo desarrollo de la vida dentro de las prisiones (entornos de gran estrés con un consumo masivo de psicofármacos), que crea y amplifica diversos padecimientos sobre las ya deterioradas condiciones de salud de algunas personas
Así pues, otra vez, exigimos al colectivo de sanitarios dedicados al ámbito penitenciario y al colegio de médicos en general que, ante la actual situación se reconozca su incapacidad por asegurar el derecho a la salud en las prisiones, nos parecería incongruente otro tipo de posicionamiento y la falta de esta. Les reclamamos que como mínimo den apoyo y presionen con las medidas de excarcelación propuestas y que no toleren las violaciones de derechos y los maltratos. Así como a las asociaciones de psiquiatría y neuropsiquiatría, tanto de dentro de las prisiones como en general, que han de velar por tratamientos dignos y más humanas
También al posicionamiento de los colegios de abogaos para garantizar y presionar por el cumplimiento efectivo de las demandas de la OMS, ONU, CPT y el Síndic de Greuges y a las medidas propuestas para la excarcelación de cuantas más personas presas se pueda. Creemos que existen suficientes recursos para pronunciarse a favor de las medidas propuestas por diferentes asociaciones y organismos institucionales. Además, se ha de tener en cuenta que la excarcelación de una parte de la población penitenciaria es una medida que en muchos Estados Europeo y No Europeos están adoptando ya, como Italia, Alemania, Francia y Reino Unido. Tenemos el ejemplo de la creación de un modelo para preventivos para facilitar el trabajo argumentado en el Alto Comisionado de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos, la OMS y el Consejo de Europa.
No queremos olvidar el pésimo papel que la Consejería de Justicia de la Generalitat de Catalunya y la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima están realizando a través de sus iniciativas. No queremos extendernos demasiado en hacer un recuento de estas, pero nos parece irrisorio el reparto de 230 móviles para una población reclusa total de 8.391 personas repartidas en 9 centros y los 205 móviles para las 50.000, aproximadamente, personas presas del territorio Español, así como la presencia de personal penitenciario durante las conversaciones telemáticas, hecho que vulnera el derecho a la intimidad.
De las pocas medidas que van encaminadas en vaciar las prisiones, y por tanto realmente minimizar riesgos para las personas presas, familiares y personal penitenciario, es poner en arresto domiciliario al 70% de las personas clasificadas en régimen de semi libertad; no podemos entender como no se llega ya al 100%, o como de las 101 personas en articulo 100.2 R.P. nada mas han valorado positivamente 15 casos.
POR SALUD, POR SEGURIDAD, POR HUMANIDAD, ES NECESARIO VACIAR LOS CENTROS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD
#DDHHenPrision
COORDINADORA ANTICARCERÀRIA CATALUNYA
La Corda-Grup Anticarceràri del Camp de Tarragona
Grup de Suport a Presxs de Lleida
Grup Suport Amadeu Casellas
Col·lectiu Anticarceràri Rossinyol (Girona)
Antirepre Mataro
Familiars de Presxs de Catalunya
Col·lectiu Anticarceràri Fuig (Barcelona)
FUENTES:
Defensor del Pueblo https://www.defensordelpueblo.es/noticias/mas-millar-quejas-covid-19/
Sindic de Greuges http://www.sindic.cat/site/unitFiles/6989/S_15817_2020_consellera.pdf
APDHA https://www.apdha.org/mas-de-20-organizaciones-solicitan-medidas-urgente...
Comisario NNUU Derechos Humanos https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=25745&...
Comunicado SPT https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/OPCAT/AdviceStatePartiesCoronav...
Observatorio Europeo de Prisiones http://www.prisonobservatory.org/upload/03042020European_ prisons_during_covid19.pdf
Modelo de revisión de la situación de las personas presas preventivas http://www.salhaketa- nafarroa.com/2020/04/revision-de-la-situacion-pen... personas-presas-peventivas/
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